Una de las consultas que recibimos con frecuencia es la forma en que el seguro de gastos médicos mayores cubre los gastos generados por el embarazo. Este artículo está dedicado especialmente a quienes están planeando tener un hijo y quieren cuidar sus finanzas aprovechando su seguro.
Antes de hablar del embarazo, quiero dar un poco de contexto. Revisamos el número de nacimientos de 1985 a 2020 publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el famoso Inegi. Encontramos que los 8.6 millones de bebés nacidos en agosto es la cifra más alta de los doce meses de cada año. Esta cantidad representa 9.2% del total anual. En el lugar contrario se encuentra febrero con la menor cantidad de nacimientos de 1985 a 2020: vieron la luz 6.8 millones de bebés. Esta cifra equivale a 7.4% de un año.



Pasemos ahora a las principales dudas que nos han planteado en Fuentes & Asociados:
1. ¿El seguro de gastos médicos mayores funciona durante el embarazo? Sí. Los seguros ofrecen una ayuda de maternidad que se entrega a la asegurada al nacimiento del bebé. También cubren los gastos generados por las complicaciones de salud derivados del embarazo, parto, cesárea o puerperio.
Por ejemplo, el seguro cubre los siguientes gastos, una vez que se supere el deducible
a) Enfermedad hipertensiva del embarazo, preeclampsia y eclampsia.
b) Placenta previa.
c) Muerte fetal o huevo muerto retenido.
2. ¿Cuál es el periodo de espera que debo cumplir? La aseguradora cubre si el bebé nace después de los 10 meses de haber adquirido la póliza.
3. Estoy embarazada ¿Puedo contratar o ser incluida en un seguro de gastos médicos? Sí, pero el seguro no cubrirá ningún gasto relacionado con las complicaciones del embarazo, parto, cesárea o puerperio hasta cumplir el periodo de espera.
4. ¿Cuáles conceptos no cubre el seguro de gastos médicos? Revisa con tu asesor las exclusiones de tu seguro. Algunas de ellas son:
a) Aborto sin importar la causa.
b) Gastos derivados por maternidad subrogada.
c) No se cubren gastos relacionados con la fertilidad, infertilidad y/o natalidad y/o reproducción asistida ni cualquiera de sus complicaciones.
5. ¿Hay algún apoyo que brinde la aseguradora? Sí, proporciona una cantidad de dinero y existe una extensión de cobertura con costo que ofrece una cantidad mayor.
6. ¿La aseguradora cubre parto o cesárea? No los cubre.
7. Entonces ¿qué debo hacer para internarme por cesárea o parto? Te recomendamos adquirir un paquete para parto o cesárea en el hospital. Sugerimos que este paquete sea en algún hospital de la red de la aseguradora para que ella haga pago directo en caso complicación.
8. ¿Cómo aseguro a mi bebé recién nacido si superé los 10 meses de periodo de espera? Tienes 30 días a partir del nacimiento de tu bebé para asegurarlo. Así la aseguradora cubrirá cualquier enfermedad congénita y complicaciones de recién nacido prematuro.
9. ¿Cómo aseguro a mi bebé recién nacido si NO supere los 10 meses de periodo de espera? Lo aseguras como cualquier persona. Hazlo a la brevedad para que acumule antigüedad y así ir cumpliendo los periodos de espera. Debes saber que, en este caso, la aseguradora no le cubrirá enfermedades congénitas y complicaciones de recién nacido prematuro.
Un seguro de gastos médicos no evitará que tu bebé llore, pero sí te apoyará financieramente en los gastos generados por complicaciones del embarazo. Así podrás pagar la mejor atención médica posible. Para esto es muy importante qué conozcas su funcionamiento y condiciones (como el periodo de espera), así que no dudes en preguntar a tu asesor de seguros.
Dicen que los bebés no traen instructivo, pero los seguros de gastos médicos mayores sí. Cualquier duda la puedes consultar en un documento que se llama “Condiciones generales”. Finalmente, cuando nazca tu bebé y salgas de los apuros de tener un recién nacido piensa en contratar un seguro vida con ahorro para educación. Porque con un seguro puedes hacer más.